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“Tocar la Ley de Contrato de Trabajo es tocar la constitución del trabajador”

Escrito por el noviembre 4, 2017


Lo dijo Matías Cremonte, Presidente de la Asociación Argentina de Abogados Laboralistas y Director del Departamento Jurídico de ATE, en el programa Tengo Una Idea conducido por Carlos Morchio, Nicolás Rosales y Graciela Carballo por Radio La Retaguardia. Cremonte explicó la reforma laboral que se viene y sus consecuencias para los trabajadores. (Por La Retaguardia)

Lo primero que relató el abogado laboralista es que el proyecto, solicitado e impulsado por los empresarios, será legislativo y vendrá a reformar la Ley de Contrato de Trabajo: “Los empresarios venían pidiendo una reforma laboral como la de Brasil, legislativa. Desde el Gobierno se venía diciendo que se iba a hacer sector por sector, mediante los convenios colectivos. Contradiciendo esas declaraciones, lo que está circulando ahora es el borrador de un anteproyecto de ley que el Poder Ejecutivo enviaría al Congreso con una serie de reformas muy profundas, algunas de las cuales serán similares a las de Brasil. Ya no se trata de suponer o no, sino que, evidentemente, la idea es hacerlo a través de una reforma legislativa de la propia Ley del Contrato de Trabajo”, expresó Cremonte.
Uno de los principales ejes de la reforma se centrará en dejar solo al trabajador frente al empleador, anulando los convenios colectivos y eliminando todo tipo de respaldo del Estado y de los sindicatos: “Es una reforma tan brutal que lleva a la destrucción del derecho del trabajo. La razón del derecho del trabajo es que el trabajador, considerado individualmente frente a su empleador, es tan débil que merece de la protección del Estado, de sus leyes, y del sindicato, de la acción colectiva. En Brasil, pasó a ser primero el acuerdo individual que el colectivo. El proyecto que están preparando no invierte ni es tan profundo en esa relación, pero el ataque que hubo a los abogados laboralistas, a la justicia laboral y a los sindicatos, tenía que ver con ese sentido de eliminar lo colectivo, eliminar la protección y el derecho de defensa y de representación de los trabajadores para llegar a ese objetivo de una relación individual”, contó el Director del Departamento Jurídico de ATE en el programa Tengo una Idea por Radio La Retaguardia.
Otro de los cambios que plantea la reforma es la posibilidad de renunciar individualmente a un acuerdo colectivo, algo que hasta ahora no era permitido por la ley: “En este borrador, parece que no es tan brutal la inversión de la pirámide de normas, pero sí hay varias reformas profundas. Una tiene que ver con la posibilidad de que un trabajador renuncie a los acuerdos individuales. Hoy, cualquier renuncia a un derecho que está establecido en la ley, en el convenio colectivo, es nula. No puede renunciar a eso. El proyecto que se envió permite la renuncia a cualquier acuerdo que se haya llegado individualmente en el contrato de trabajo”, indicó.
Otra de las cuestiones que aborda el proyecto de ley es eliminar la asimetría que existe entre el empleador y el empleado, poniéndolos a la misma altura y planteando una cooperación entre ambas partes: “(La desigualdad) es la razón de ser del derecho del trabajo. Por eso se busca hacer prevalecer la acción colectiva a través del sindicato y de la ley. Esta relación que es esencialmente tan desigual, tiene que ser compensada de algún modo con la intervención del Estado y con la intervención colectiva. Es otra reforma muy profunda en lo ideológico. Está en la definición misma de trabajo, el artículo cuarto de la ley de contrato de trabajo, y establece qué se considera trabajo. Le agrega un párrafo al final que dice que se entiende que hay una relación de cooperación entre las partes. Tiene que ver con borrar esa desigualdad. Plantea que empleador y empleado son iguales y cooperan. A la luz de ese principio de cooperación de derechos y deberes de las partes, debe analizarse la ejecución del contrato y perforar un poco la idea de la desigualdad real entre trabajadores y empleadores”, manifestó Cremonte.
El abogado laboralista planteó el rol de los sindicatos. A partir del marco general de la reforma, deberán expresarse a favor o en contra y no dependerá de la fuerza del sector al que representen: “La idea de que la reforma iba a ser convenio por convenio, podía dejar un poco a cada sindicato a la suerte de sus relaciones de fuerza. Los más débiles o los que decidan no dar batalla, podrían perjudicarse en sus convenios y los trabajadores iban a ver modificadas sus condiciones en una reforma sectorial si se quiere. El hecho de que sea a través de una reforma legislativa obliga de algún modo a las centrales sindicales, a las representaciones más generales, a expedirse o a oponerse a este tipo de reforma, porque es una reforma general y no depende de la fuerza de cada sector”, explicó.
Cremonte coincidió con el dirigente gremial Juan Carlos Schmid, uno de los integrantes del triunvirato que conduce la CGT, sobre su oposición a la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo: “Me parece lógica esa declaración de Smith, porque tocar la Ley de Contrato de Trabajo es tocar la constitución del trabajador, el piso mínimo que tiene. Acá se modifica y no parcialmente, sino en reformas que son bastantes de fondo”, informó.

Flexibilización laboral

“Hay varias cuestiones que tienen que ver con lo temporal en el proyecto. En lo general, tienen que ver con la jornada. Lo que la ley permite es que por convenio colectivo se pueda regular la jornada de trabajo y flexibilizarla. Podrá establecerla de manera anual y extenderla a 10 horas sin que se paguen horas extras por esas dos horas que superan las 8 de trabajo, siempre y cuando finalmente se compensen. Si un día trabajo 10 horas, en vez de cobrar dos horas extras, tal vez en otro momento trabajo 6 y entonces la compensé. Si al final del año, el conjunto de horas que trabajé son las que establecía mi jornada, no importa que un día hayan sido 10 y otro 6, sino lo que importa es lo que anualmente trabajé. Se elimina así el pago de horas extras”, ejemplificó el Presidente de la Asociación de Abogados Laboralistas y continuó: “Lo mismo pasa con el trabajo a tiempo parcial. Lo que está establecido hoy como una jornada concreta de trabajo de un día, con menos horas de trabajo y que se paga proporcionalmente menos, pasaría a poder reducirse semanalmente. Un día trabajar más, otro día no trabajar, trabajar menos…En definitiva, es flexibilizar y afectar el proyecto de vida de un trabajador, sin saber qué días trabaja ni cuántas horas”, resumió.
Por último, Cremonte se refirió a la baja cantidad de juicios laborales que hay en nuestro país más allá de la grandísima porción de trabajo en negro que existe en Argentina. Explicó que se debe a la necesidad del trabajador de mantener su empleo, pese a las precarias condiciones de contratación: “Es baja la litigiosidad si uno lo contrasta con el nivel de incumplimientos que hay. Estamos en un país donde oficialmente se reconoce que el 30%, 35% del trabajo no está registrado. Cuatro millones y medio de trabajadores no están registrados, están en negro. A esos trabajadores no se les paga el salario que les corresponde por su convenio colectivo, tal vez no se respetan sus vacaciones ni sus licencias, seguramente no se le paguen horas extra, no se pagan aportes para su jubilación, no se les paga ART y si se accidentan no tienen posibilidad de un tratamiento. Cada trabajador no registrado que hay es un juicio posible y latente. Lo que tiene que haber para que haya un juicio es un incumplimiento de los empleadores y los empresarios. Lo que hay es una industria del incumplimiento. Si uno contrasta con la cantidad de trabajo no registrado, diría que es poco y que debiera ser mucho más, pero muchas veces los trabajadores no reclaman judicialmente porque, por supuesto, privilegian mantener el trabajo en esta relación de necesidad”, cerró Cremonte.

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